El Gobierno nacional oficializó las modificaciones al régimen de monotributo mediante el Decreto 661/2024, publicado en el Boletín Oficial. Estas actualizaciones, establecidas bajo la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, traen consigo ajustes significativos en las escalas y parámetros aplicables a los pequeños contribuyentes a partir del año 2025.
Según la nueva normativa, la AFIP actualizará semestralmente los límites de facturación en enero y julio, ajustándolos conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC. Estos cambios entrarán en vigor el primer día del mes siguiente a la actualización correspondiente.
Entre las principales modificaciones se destaca la unificación de las escalas para la venta de bienes y la prestación de servicios, permitiendo a profesionales independientes y comerciantes facturar montos que anteriormente estaban diferenciados. Además, se incrementan significativamente los topes máximos de facturación, con aumentos que oscilan desde el 202% hasta el 301% en las diferentes categorías.
Por ejemplo, la categoría A, que antes tenía un límite de $2.108.288,01, ahora alcanzará los $6.450.000, representando un aumento del 206%. De manera similar, la categoría K, que es la más alta, aumentará del actual $16.957.968,71 a $68.000.000, lo que equivale a un incremento del 301%.
Cabe señalar que sumado las actualizaciones en las escalas de facturación, también se aplicarán aumentos en las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social, con incrementos que varían entre el 212% y el 510%, dependiendo del tipo de contribución.