El presidente
Alberto Fernández decidió avanzar en su pedido de juicio político al presidente de la Corte Suprema,
Horacio Rosatti, y el resto de los ministros del máximo tribunal, en una decisión que aseguró no haber consultado con la vicepresidenta
Cristina Kirchner.
“Es una decisión que yo tomé”, aseguró ayer desde Brasil, en el marco de la asunción de
Lula da Silva, donde explicó su “preocupación por lo que ha pasado en los últimos meses, ya que hubo un permanente avance de la Corte Suprema sobre los otros poderes de la República Argentina y la república exige tres poderes independientes”. La referencia claramente es el fallo que benefició a CABA y al jefe de Gobierno porteño,
Horacio Rodríguez Larreta, al igual que aquel que buscó frenar el ingreso de un consejero de la Magistratura del kirchnerismo.
En esta oportunidad, además del titular de la Corte y del Consejo de la Magistratura, Rosatti, estarán en juego los cargos de
Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y Carlos Maqueda.
Q
UÉ ES UN JUICIO POLÍTICO
Se trata de un mecanismo establecido por la Constitución Nacional para remover a las máximas autoridades del país, que sólo puede alcanzar al presidente, el vicepresidente, el jefe de gabinete de ministros y los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Quien realiza el proceso es el Congreso de la Nación. La remoción de cualquiera de los jueces con rango inferior a los miembros del máximo tribunal desde la reforma constitucional de 1994 está, en cambio, a cargo del Consejo de la Magistratura, organismo que actualmente también presidente el titular de la Corte.
CÓMO ES EL JUICIO POLÍTICO Y CUÁLES SON LAS CAUSALES VÁLIDAS
Un juicio político no es un proceso judicial tradicional sino de uno de carácter político, como lo indica su nombre, por lo que sus consecuencias solo aplican en este terreno.
Según establece el artículo 60 de la Constitución, “su fallo no tendrá más efecto que destituir al acusado, y aun declararle incapaz de ocupar ningún empleo de honor, de confianza o a sueldo en la Nación”. Si existiera alguna, la responsabilidad penal de los acusados queda a cargo de los tribunales ordinarios.
Son tres las causales de juicio político: mal desempeño de las funciones (causal subjetiva o política, que la constituye en el camino más fácil para lograr la destitución de un funcionario); la consumación de un delito en el ejercicio de sus funciones; crímenes comunes.
CÓMO SE REALIZA EL PROCEDIMIENTO EN EL CONGRESO
Comienza en la Cámara de Diputados. Cualquier funcionario o ciudadano puede presentar un pedido de enjuiciamiento contra los ministros de la Corte, que podrá ser aceptado o no por la Comisión de Juicio Político.
Si se lo considera admisible, la Comisión pone en marcha un sumario de investigación tomando las medidas del caso, incluida la declaración del imputado.
Cuando concluye la investigación, hace falta la emisión de un dictamen, que se aprueba por mayoría simple, para que se inicie el juicio político o se desestime.
Para que la Cámara baja se transforme en acusadora, se necesitan los dos tercios de los votos. Si se alcanza ese número, la Cámara elige a uno o dos diputados que serán los encargados de presentar la acusación ante la Cámara alta, el Senado, que se constituye en la encargada de resolver el caso. Para alcanzar la destitución hacen falta los votos de por lo menos los dos tercios de los senadores presentes.
Justamente este elevado consenso que se requiere tanto en Diputados, para acusar, como en el Senado, para destituir. El Frente de Todos no tiene ese número en ninguna de las dos cámaras y, según las declaraciones que se han conocido hasta ahora, será difícil que lo logre.
LOS ANCETECEDENTES
El primer caso en Argentina en el que cayó una Corte por juicio político fue en 1947, por iniciativa de Juan Domingo Perón. Fueron destituidos los integrantes del máximo tribunal por su responsabilidad en lo que se denominó “la década infame”, etapa en la que garatizaron desde la justicia el fraude electoral constante y otros tipos de crímenes que permitían la realización de eso último.
El siguiente caso fue al comienzo de la primera presidencia de Néstor Kirchner. El entonces jefe de Estado impulsó el juicio político de 5 de los 9 jueces de la Corte de “la mayoría automática” que había armado Carlos Menem: Julio Nazareno, Adolfo Vázquez, Eduardo Moliné O’Connor, Guillermo López, y Antonio Boggiano.
Tres de ellos, Nazareno, López y Vázquez renunciaron antes del fin del proceso y evitaron así su destitución. Los otros acusados perdieron sus cargos.