La buena noticia con la que la familia Macri cerró el 2024 no duró mucho, ahora
Alejandra Macri, hermana de Mauricio, presentó ante la justicia un listado de 398 empresas que formarían parte del patrimonio del expresidente y reclamó su parte de la herencia.
Entre las empresas enumeradas por Alejandra Macri en su presentación judicial se incluyen Fleg Trading Ltda y Karter Trading LTD, firmas offshore que aparecen en la megafiltración de los Panama Papers y Kagemusha S.A., que aparece en el Registro Público de Panamá.
Alejandra Macri es hija de María Esther De Menech, quien fue recepcionista de la primera empresa fundada por Franco Macri, la constructora Vimac. En el 2005 le ganó un juicio por filiación al padre del ex presidente, aunque
Franco nunca la reconoció como hija y Mauricio tampoco como hermana.
Mientras busca establecer cual es el patrimonio de Franco, fallecido en marzo de 2019, Alejandra Macri inició una acción ante la justicia civil para reclamar a futuro sus derechos hereditarios. En su presentación judicial la hermana del expresidente informa que para determinar dicho patrimonio, más allá de los bienes declarados en el juicio de sucesión, “se encuentra en proceso de recabar la totalidad de la información” respecto de casi 400 sociedades que estarían vinculadas al grupo Macri, “ya que en este estado resulta imposible… determinar el monto del reclamo“.
Por ley, a Alejadra le corresponde la sexta parte del total de la herencia de Franco que se repartieron sus hermanos. La mujer inició la demanda para interrumpir la prescripción porque se iba a cumplir el plazo para hacer el reclamo. Según consignó Página 12, antes de presentar su demanda en el Juzgado Civil 14 a cargo del magistrado Federico Causse, que maneja la sucesión, Alejandra Macri citó a sus cuatro hermanos vivos y a los de herederos de su hermana Sandra para una mediación, pero ninguno de los otros herederos, incluyendo Mauricio Macri, concurrió audiencia.
En el documento judicial Alejandra Macri dice que quiere que se le reconozca la paridad como heredera junto con sus hermanos a través de una herramienta jurídica llamada “acción de colación” y señala que Franco Macri podría haber realizado ”transmisiones gratuitas de acciones“ a distintas sociedades vinculadas al grupo Macri que deberían incluirse en la herencia a repartirse entre los hermanos.
“A partir del silencio de los coherederos demandados con respecto a la denuncia de bienes que integran el haber relicto (siendo que ellos fueron siempre los hijos cercanos al causante y que participaron conjuntamente con su progenitor en la gestión de todos sus bienes),
mi representada se vio en la obligación, durante estos años, de tratar de averiguar cómo se integra este patrimonio”, apuntó Alejandra.
Según el escrito, el reclamo de la hermana de Mauricio se basa en “la literatura publicada acerca de la familia, tanto sea por periodistas de investigación como por el causante, y otros coherederos, de las acciones iniciadas por la AFIP a los efectos del cobro de tributos adeudados, de la acción iniciada por la IGJ por su ex Director, Dr. Ricardo Nissen, por las acciones judiciales existentes entre los coherederos MACRI, MARIANO C/ SOCMA S.A. S/ ORDINARIO, en trámite ante el Juzgado Nacional de 1a. Instancia en lo Comercial Nro. 26, y otra acción tramitada ante el Tribunal de Arbitraje de la Bolsa de Comercio, la sucesión de la coheredera Sandra MACRI, el sitio de consulta pública de registro de sociedades de Londres, Inglaterra, más versiones periodísticas y publicaciones de todo tipo, entre otras fuentes consultadas.”
La demandante nombra una por una 398 firmas locales y extranjeras que estarían vinculadas a Franco Macri y agrega: “El presente listado tiene efecto meramente enunciativo, y
no taxativo en tanto que en el futuro podrán descubrirse otras sociedades vinculadas.”
Para Alejandra Macri, a través de los expedientes judiciales que nombra e investigaciones periodísticas que cita, “se deja expresada la existencia de transmisiones gratuitas de inmuebles existentes en la República Argentina y en la República Oriental del Uruguay (que se describirán oportunamente), de donaciones de créditos y de donaciones manuales dinerarias, y de otros bienes (muebles registrables o no), con más sus acreencias, que resulten de las investigaciones que está realizando la heredera preterida, que hayan existido al tiempo del fallecimiento del causante con independencia o no de su conocimiento actual por la accionante".