El Gobierno de Javier Milei disolvió otros tres fondos fiduciarios al detectar presuntar irregularidades: el
Programa de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar, el Fondo Fiduciario del Serivico Universal y el Fondo Fiduciario para Vivienda Social.
La medida se realizó a través del Decreto 6/2025 publicado en el Boletín Oficial tras detectar supuestas irregularidades en la administración, así como en el incumplimiento de los objetivos para los que fueron creados. Así, el número de fondos que dejaron de existir asciende a más de siete desde que Milei llegó a la Casa Rosada.
Según el informe de auditoria elevado por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), los tres fondos presentaban diversas anomalías. Respecto al
Programa de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar (PRODAF), cuya misión era facilitar el acceso al crédito para los beneficiarios,
el Gobierno lo consideró prescindible al haber cumplido sus metas iniciales.
En el caso del
Fondo Fiduciario del Servicio Universal, creado bajo la Ley 27.078, cuyo fin era desarrollar tecnologías de información y comunicación estableciendo y garantizando la completa neutralidad de las redes,
definieron que varios programas asociados carecían de instrumentos que justificaran su continuidad y no cumplían con los objetivos estipulados. Sin embargo, el acceso al Servicio Universal, permanece vigente, al igual que la obligación de realizar los aportes de inversión prevista.
Mientras que el
Fondo Fiduciario para la Vivienda Social, generado por la Ley 27.341 para financiar programas de vivienda social e infraestructura básica con fondos públicos, privados y de organismos internacionales, multilaterales o trilaterales, determinaron que había
obras finalizadas que no contaban con las correspondientes rendiciones de cuentas y proyectos rescindidos sin devolución de fondos.
Por esos motivos, desde la SIGEN avanzaron con "la disolución del FONDO FIDUCIARIO PARA LA VIVIENDA SOCIAL, del FONDO FIDUCIARIO DEL SERVICIO UNIVERSAL y del Fideicomiso “Programa de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar” (PRODAF), derogando sus normas de creación particulares".
La desintegración de los fondos se respalda en el artículo 5° de la Ley de Bases en la que "se autorizó al Poder Ejecutivo Nacional a modificar, transformar, unificar, disolver o liquidar los fondos fiduciarios públicos de conformidad con las reglas que allí se establecen, y las que surjan de sus normas de creación, instrumentos constitutivos u otra disposición aplicable".