Desde este jueves 2 de enero de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comienza a aplicar una nueva actualización de los montos a partir de los cuales las entidades financieras y billeteras virtuales deberán informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. Esta medida, que responde a las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, no afecta de manera directa a los consumidores, sino que impone nuevas obligaciones a las plataformas financieras.
La normativa establece que a partir de este mes, los montos que superen ciertas cifras deberán ser reportados por las entidades. En el caso de las operaciones realizadas con tarjetas de débito dentro del país, así como los ingresos y egresos en billeteras virtuales, la obligación de informar se activará cuando el total supere los $600.000. Esta cifra también aplica para la totalidad de los consumos realizados en estos medios.
Para las acreditaciones bancarias, los depósitos a plazo, las extracciones de efectivo y los saldos finales en cuentas bancarias y billeteras virtuales, el monto mínimo establecido para la obligación de informar será de $1.000.000. En tanto, las transferencias superiores a $2.000.000, tanto en billeteras virtuales como en bancos, estarán sometidas a un régimen de reporte adicional.