De la mano de la habilitación que le posibilitó la Ley de Solidaridad,
el gobierno de Alberto Fernández avanzó con su política para cumplir con las responsabilidad internacionales mientras reactiva la economía y recurrió a las reservas del Banco Central para pagar deuda que le heredó Mauricio Macri: lo hizo a través de una Letra del Tesoro Nacional suscripta por la entidad monetaria por USD 1326 millones.
Según consigna la mencionada norma aprobada por el Congreso tras sesiones maratónicas en extraordinarias,
el monto equivale a casi el 30 % de lo que está autorizado el Ministerio de Economía para hacer frente a vencimientos de deuda durante el 2020.
Con el aval de la ley de solidadaridad por la emergencia económica,
el Poder Ejecutivo quedó habilitado para tomar hasta USD 4500 millones con el fin de pagar deuda hasta el refinanciamiento con acreedores y organismos internacionales, hasta que se produzca un refinanciamiento.
"Disponer la emisión de “Letras del Tesoro Nacional en Dólares Estadounidenses Art. 61 Ley 27.541”, a ser suscriptas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), por hasta un monto de dólares estadounidenses mil trescientos veintiséis millones quinientos setenta y cinco mil ochocientos veintinueve", precisó en el Boletín Oficial.
De esta forma, la Resolución Conjunta 5/2019 publicada este jueves en el BO dispone la emisión de Letras del Tesoro a ser suscriptas por el BCRA, con fecha de emisión el 30 de diciembre de 2019 y vencimiento el 30 de diciembre de 2029
“por hasta un monto de dólares estadounidenses mil trescientos veintiséis millones quinientos setenta y cinco mil ochocientos veintinueve (USD 1.326.575.829)”.
“Se considera pertinente la cancelación de los servicios de deudas denominadas en moneda extranjera, mediante la utilización de reservas en el marco de lo establecido en el Título IX de la citada ley, entregando como contraprestación al BCRA, Letras del Tesoro emitidas en dólares estadounidenses”, señala entre los considerandos la resolución conjunta emitida por las secretarías de Finanzas y Hacienda.
El gobierno además autoriza: "Al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público, o al Director de Administración de la Deuda Pública, o al Director de Programación e Información Financiera, o al Director de Análisis del Financiamiento, o al Coordinador de Títulos Públicos, o al Coordinador de Emisión de Deuda Interna, a suscribir en forma indistinta la documentación necesaria para la implementación de la operación dispuesta en el artículo 1º de esta resolución".