El Ministerio de Seguridad prohibió que los jefes de “La 12”, como se conoce a la barra brava de Boca, ingresen a los estadios. La medida rige por dos años y es la primera implementación en el marco de la nueva legislación que apunta a combatir la violencia en el fútbol.
La decisión se publicó hoy en el Boletín Oficial como la Disposición 1-E/2017 de la Dirección Nacional de Seguridad en Espectáculos Futbolísticos. Alcanza a 12 personas, entre ellas Rafael Di Zeo, cabecilla del grupo desde la época en la que el actual mandatario Mauricio Macri era presidente de ese club.
La prohibición se extiende a los estadios de todo el país y se debe a que los barrabravas fueron procesados en febrero de este año por el juez Sebastián Ramos, acusados de encubrir -junto a un jefe policial- la fuga de otro integrante de "La 12", buscado por un secuestro.
La fundamentación de la prohibición señala que “teniendo en mira los antecedentes y comportamientos de los nombrados” se concluye “indefectiblemente y de manera objetiva que los citados son considerados como capaces de generar un riesgo que atente contra el normal desarrollo de un encuentro futbolístico, que al tratarse de un evento de asistencia masiva, conmueve al mantenimiento de la seguridad pública".
Además de Di Zeo y Mauro Martín, la prohibición alcanza a Luis César Arrieta (DNI 23.551.005); Cristhian Leonardo Roblero (DNI 25.059.618); Carlos Cristian Santa Cruz (DNI 23.606.738); Eduardo Alberto Trípodi (DNI 18.010.913); Carlos Sebastián Maciel (DNI 23.473.591); Antonio Orlando Viñales (DNI 12.028.427); Ariel Maximiliano Pinazzi (DNI 30.724.593); Miguel Ángel De Santis (DNI 25.474.126); Gustavo Alberto Iglesias (DNI 20.842.048); y Eduardo Elías Aballay (DNI 17.709.821), todos en la "primera línea" de "La 12".
La nueva legislación dispuesta por el Gobierno contra la violencia en el fútbol prohibirse el ingreso a los estadios a toda persona "que se encuentre condenada, procesada o con auto de elevación a juicio". Así como a quien "se encuentre sujeta a suspensión de juicio a prueba, respecto de delitos que hayan sido cometidos en el marco de la Ley N° 23.184 (Ley de Espectáculos Deportivos), o por cualquier otro delito cometido en el exterior, con motivo u ocasión de un espectáculo futbolístico".