31.03.2023 / Judiciales

Juicio por la reestatización de YPF: la Justicia de EEUU eximió de responsabilidad a la compañía, pero falló contra el Estado

La jueza del Segundo Distrito Sur de Manhattan, Loretta Preska, responsabilizó al Estado nacional por la expropiación del 51% de la petrolera en 2012 y ordenó pagar una indeminización. Los ganadores del juicio son los fondos Burford Capital y Eton Park.




La jueza del Segundo Distrito Sur de Manhattan, Loretta Preska, falló contra el Estado nacional en el juicio que se tramita en los Estados Unidos por la reestatización de YPF y ordenó pagar una indeminización que podría llegar hasta casi los USD 20.000 millones. 

Según la sentencia revelada este viernes, Preska eximió de responsabilidad a YPF en la expropiación del 51% de las acciones de la petrolera en 2012, bajo el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, pero responsabilizó de la maniobra al Estado nacional. Ahora, a la Argentina le quedan dos instancias judiciales para apelar esta resolución, aunque igualmente deberá depositar una garantía millonaria como actor perdedor en el litigio. La suma reclamada por los fondos litigantes va entre USD 8.500 millones y llega a hasta los USD 19.8000 millones. 

Los ganadores del juicio son los fondos Burford Capital y Eton Park, que compraron el derecho a litigar contra YPF y la Argentina a un grupo de antiguos accionistas de la petrolera al momento de la estatización.

Su principal argumento en el caso era que el gobierno de Cristina Fernández Kirchner rompió el contrato de concesión de YPF, no lanzó una oferta pública de adquisición sobre el total de las acciones a los socios minoritarios y expropió el 51% de la empresa de hidrocarburos y energías renovables.

Es más, la demanda comenzó con los ex accionistas minoritarios de YPF, luego de que el Estado argentino le pagara la española Repsol -que controlaba la petrolera- USD 5.000 millones en concepto de resarcimiento por la "renacionalización" de la compañía.

“Los demandantes eran tenedores de valores de YPF en los momentos necesarios y, por lo tanto, tienen derechos contractuales exigibles frente a la República” y a una “sentencia sumaria contra la República por sus reclamos por incumplimiento de contrato”, indicó la magistrada en su fallo.

La primera lectura que hicieron en la compañía petrolífera es que se trata de un fallo "positivo" para YPF porque la jueza reconoce que la compañía no tenía responsabilidad en la expropiación y que no es garante del Estado nacional. De este modo, los activos de la energética están fuera de riesgo o embargo. Pero además, aunque condena a la Argentina, Preska tampoco hizo lugar todos los reclamos judiciales de los fondos demandantes.

“El Tribunal está de acuerdo en que el precio de la oferta pública de adquisición que la República habría estado obligada a ofrecer si la República cumpliera con los Estatutos es la medida apropiada de los daños compensatorios de los demandantes”, escribió la jueza, y agregó que “debido a que no se puede identificar la fecha en la que Republica activó su obligación de oferta pública de adquisición, no puede determinar la fecha de notificación contrafactual y, por lo tanto, no puede cuantificar los daños compensatorios de los demandantes”.

Em líneas generales, este resultado tiene una triple lectura. La buena, es que YPF queda intacta y con esto se salvaguarda el futuro de la compañía argentina y sus proyectos centrales como Vaca Muerta, la producción de GNL y su rol en torno al litio, todos generadores de dólares a futuro. Para el Estado es una condena pero sin un monto determinado, que por lo que indica la resolución judicial entrará en disputa y puede ser menor a lo que le reclamaban.

Desde Burford, el fondo buitre que le compró este juicio a la familia Eskenazi y al fondo Eton Park varios años después de la expropiación, también tienen para festejar, ya que se trata del juicio más grande de su cartera en el mundo, lo pagaron barato y, aún con este fallo, tendrán cuantiosas ganancias. Enseguida salieron a decir que obtendrán 20.000 millones de dólares pero ese monto no figura en el fallo. Lo que sí perdieron es la posibilidad de cobro rápido con la exclusión de YPF del pleito; es más veloz cobrarle a una empresa privada que a un Estado. 








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