13.11.2020 / Más flexibilizaciones

Cómo y cuándo se puede viajar parado en colectivos y trenes del AMBA

Desde hoy el Ministerio de Transporte de la Nación que conduce Mario Meoni determinó que los servicios de transporte automotor de pasajeros podrán trasladar un número limitado de personas paradas dentro del vehículo, mientras que el transporte ferroviario también podrá hacerlo pero con otras condiciones. Todos los detalles a tener en cuenta.




Después de más de ocho meses de que comiencen las restricciones al transporte público como medida de contención de los contagios de coronavirus a partir de la llegada de la pandemia a la Argentina, los ministerios de Salud y de Transporte de la Nación aprobaron y dispusieron el avance del protocolo por el cual se permitirá que pasajeros del Área Metropolitana de Buenos Aires viajen parados en colectivos y trenes.

Con el regreso a las escuelas de una porción importnte de los alumnos porteños y mientras se amplían las flexibilizaciones de las medidas restrictivas en territorio porteño y en el conurbano bonaerense, el Gobierno impulsó a las empresas de transporte a cumplir con un régimen de servicio del 100% de las frecuencias de las unidades en la calle bajo la fuerte amenaza de imponer severas multas. Sucede luego de un récord de 1,9 millones de pasajeros durante el fin de semana pasado.

La cartera de Transporte, a cargo de Mario Meoni, determinó que los colectivos podrán trasladar hasta 10 personas paradas dentro del vehículo mientras que los trenes podrán circular con un pasajero parado por metro cuadrado en los espacios libres disponibles. Cabe también señalarse que estas posibilidades quedan habilitadas sólo para las horas pico, es decir de 7 a 10, y de 17 a 20 horas.

En este sentido, cabe recordar que los pasajeros habilitados a utilizar el transporte automotor y ferroviario continúan siendo los que tengan el Certificado único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid 19 o exhiban el permiso emitido por la aplicación “CUIDAR” en su dispositivo móvil.

La medida, que entró en vigencia desde las 00hs de este viernes, obliga a las empresas que prestan los servicios a garantizar la máxima frecuencia de sus servicios, contar con una correcta ventilación en los vehículos y circular exclusivamente con pasajeros afectados a las actividades declaradas esenciales y/o alcanzadas por excepciones a las restricciones y/o personal docente, no docente y alumnado que deba concurrir a actividades académicas presenciales.

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será la encargada de fiscalizar que se cumplan todos los requisitos y, en caso de encontrar irregularidades, podrá sancionar a las empresas.

Desde temprano, personal de la CNRT reforzó los controles de fiscalización y cumplimiento de la nueva disposición del Ministerio de Transporte en los centros de trasbordo de Retiro, Once y Constitución,