29.06.2020 / Coronavirus en Argentina

Cuáles son las posibles consecuencias de romper la cuarentena a partir de la nueva etapa

A poco más de 24 horas de que comience la nueva fase del aislamiento en el AMBA, el Gobierno informó cuáles son las eventuales penalidades que deberán enfrentar aquellas personas que no cumplan con la normativa. Desde la "leve" orden inmediata de volver al hogar hasta la demora o detención del infractor, siempre bajo decisión de la Justicia. Ocho ítems a tener en cuenta.




A poco más de 24 horas de que se inicie en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) una nueva y más estricta fase del aislamiento social, preventivo y obligatorio, el Gobierno reveló qué pasará y qué consecuencias habrá cada vez que una persona sea descubierta rompiendo la cuarentena.

Mientras en la Provincia de Buenos Aires se conoció ayer cómo el ex ministro del Interior Rogelio Frigerio; el ahora ex secretario de Deportes porteño, Luis Lobo; y el también ex funcionario de Tigre Fernando Lauría, violaron el aislamiento para jugar un torneo de paddle, el Poder Ejecutivo reveló ocho ítems a tener en cuenta para respetar las medidas, entre los que se destacan consecuencias que van desde la orden inmediata de regreso al hogar, el secuestro del vehículo, hasta la demora o detención del infractor.

Cualquiera sea el caso, el Poder Judicial decidirá los plazos y actuaciones determinados por el juzgado que esté a cargo de la infracción. En caso de incumplir el aislamiento, se podrá disponer la orden inmediata de regreso al lugar de origen de parte del transgresor de acuerdo al tipo de anomalía detectada.

OCHO ASPECTOS Y POSIBLES CONSECUENCIAS DE ROMPER LA CUARENTENA

1- Orden inmediata de regreso al lugar de origen de parte del infractor de acuerdo al tipo de anomalía detectada.
2- Demora del infractor a la espera de la decisión del Poder Judicial.
3- Detención del infractor de acuerdo al incumplimiento del artículo 239 del código penal.
4- Secuestro del vehículo del infractor por incumplimiento de los artículos 205 y 239 del código penal. La decisión respecto de los pasos siguientes respecto de la unidad en cuestión es competencia del Poder Judicial.
5- En el caso de andenes de trenes, se labra el acta de infracción y se informa al Poder Judicial que dispone los pasos a seguir respecto de lo informado por la autoridad policial.
6- E, todos los casos, es el Poder Judicial el que decide los pasos a seguir de acuerdo a la información que proveen las fuerzas federales de seguridad.
7- En cualquier caso en que se detecten síntomas compatibles con coronavirus, se ordenará el regreso al lugar de origen para el cumplimiento de la cuarentena, siguiendo las indicaciones del Poder Judicial.
8- En todos los casos el Poder Judicial decide los plazos y actuaciones determinados por el juzgado a cargo.