El proyecto de Reforma Previsional que se discutirá en el Congreso Nacional discrimina a las personas con discapacidad y generará un deterioro en las condiciones de previsión social del colectivo. Asimismo, hay fundados temores de que el
“bono compensatorio” que recibirían los jubilados no será otorgado a los titulares de las pensiones no contributivas. Ello ya ocurrió en 2016, cuando se pagó sólo a jubilados el bono de fin de año de $1.000.
El análisis de los
puntos débiles de la Reforma surge del informe de la
Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) llamado “Impacto negativo de la reforma previsional sobre las pensiones no contributivas”. Es la misma asociación civil que realizó la acción colectiva por la quita indiscriminada de 170.000 pensiones entre 2016 y 2017, causa que obtuviera fallo favorable de la Cámara Federal de la Seguridad Social.
La nueva fórmula de actualización de las jubilaciones lleva a menores aumentos de las pensiones no contributivas, cuyo monto es del 70% de una jubilación mínima. Mientras con la fórmula vigente se obtendría en marzo de 2018 un aumento de $736, con la fórmula propuesta-se alcanzaría un aumento de $289.
Un
primer problema de la Reforma, según REDI, es que
la nueva fórmula de actualización de las jubilaciones lleva a menores aumentos de las pensiones no contributivas, cuyo monto es del 70% de una jubilación mínima, según establece la actual Ley de Movilidad Jubilatoria. Actualmente, la pensión no contributiva es de $5.072. Mientras con la fórmula vigente se obtendría en marzo de 2018 un aumento de $736, con la fórmula propuesta-se alcanzaría un aumento de $289, considerando para las variables macroeconómicas afectadas a las fórmulas, senderos de evolución para 2018 alineados con las proyecciones de las consultoras del mercado. En consecuencia,
en todo 2018 en lugar de recibir $70.202 recibirían $67.077, es decir, $3.125 menos. Ello como consecuencia de que se modifica el período de cálculo, pasa a ser trimestral en lugar de semestral, y los índices de ajuste. Asimismo, el “parche” del bono compensatorio que se otorgaría, según los funcionarios hicieron saber a la prensa, al no integrarse al haber jubilatorio, no redunda en una mejora de las pensiones no contributivas, es decir, no subsana el problema de empalme de ambas fórmulas.
En
segundo lugar,
la Reforma contiene la garantía de que la jubilación será del 82% del salario mínimo vital y móvil sólo para quienes hayan realizado 30 años de aportes. Ello no contempla a quienes se jubilan anticipadamente por adquirir una discapacidad durante su vida laboral. Tampoco contempla a las personas con discapacidad inscriptas en alguna de las moratorias por no contar con los suficientes años de aportes para obtener una jubilación. Debe contemplarse el elevadísimo nivel de desempleo que afecta al colectivo, cercano al 80% según la OIT, y que el Estado poco hace por reducir, dado que incumple flagrantemente las leyes de cupo laboral. Y también debe tenerse presente que en muchas ocasiones la trayectoria educativa de las personas con discapacidad es más prolongada, dadas las dificultades de la inclusión en las escuelas.
Por consiguiente,
desde REDI, se menciona que la falta de acciones afirmativas en la Reforma que atiendan específicamente la situación de la discapacidad la torna inconstitucional. Deteriora aún más el actual régimen de previsión social de uno de los segmentos de la población más vulnerable.
Resultará en consecuencia pertinente la judicialización de la norma, en caso de ser aprobada.