Ricardo Echegaray fue desplazado y empujado a renunciar a su cargo como titular de la AGN por una causa por la que, finalmente, fue desprocesado y sobreseído. Es que la Cámara Federal porteña tomó esa decisión respecto de la investigación por instigación al falso testimonio y violación de secreto que impulsó el actual ministro de Hacienda y Finanzas, Alfonso Prat Gay, a raíz de una denuncia presentada por el organismo recaudador contra el titular de la cartera económica.
Los camaristas Jorge Ballestero y Eduardo Freiler consideraron que no incurrió en los delitos de "falso testimonio", como supuesto instigador, y "violación de secreto fiscal", como coautor, al utilizar información que vinculaba a Prat-Gay con una cuenta bancaria en Suiza, hecho que hizo que este último denuncie al dirigente kirchnerista.
A raíz del procesamiento que en primera instancia había dictado el juez federal Claudio Bonadio, el 1 de junio pasado,
la vicepresidenta de la Nación, Gabriela Michetti, y el titular de la Cámara de Diputados, Emilio Monzó, firmaron al día siguiente la remoción de Echegaray de la AGN.
Al procesarlo, el juez de primera instancia entendió que la AFIP acusó a Prat Gay "a sabiendas" de que era una falsa denuncia y lo mencionó como supuesto "integrante de una plataforma facilitador para la evasión" a través de una red off shore de sociedades extranjeras en paraísos fiscales.
Para ello aludió a la condición de apoderado del actual titular de Hacienda de una cuenta por 68317,99 dólares abierta en Suiza a nombre de Lacroze de Fortabat y su nieta, cuyos fondos -según la denuncia´- no habrían sido declarados en su totalidad.
Pero
el Tribunal de Apelaciones revocó ese fallo y sostuvo que "el hecho de que la denuncia en cuestión culminara con el dictado del sobreseimiento del denunciado en modo alguno permite colegir, sin más, que los denunciantes han cometido el delito de falso testimonio, menos aún en un caso como el que aquí nos ocupa, que involucra una importante cantidad de hechos y actores y que concierne al despliegue de maniobras de gran complejidad".
En cuanto al delito de violación de secreto, los camaristas entendieron que no se advierte "ningún delito penal" por haber utilizado "la información enviada a la AFIP para la radicación de una denuncia que, no está de más destacar, aún se encuentra en trámite registrando la convocatoria a una gran cantidad de personas" a declaración indagatoria.
Para el Tribunal de Apelaciones
usar "información remitida por Francia para elaborar la denuncia presentada en el fuero penal económico" estaba contemplado dentro de las excepciones a la obligación de guardar secreto, por lo cual no hubo delito.
Y en cuanto a dichos a la prensa por parte de Echegaray, los camaristas descartaron la existencia de violación de secreto en esas declaraciones.