07.01.2025 / Senado

Senado: suspendieron sin goce de sueldo a seis empleados por mirar películas en horario laboral

La sanción a los empleados es sólo por dos días. El hecho ocurrió el pasado 9 de diciembre en la oficina de enmarcado del Departamento de Conservación, Restauración y Talleres de la Cámara alta a cargo de Diego Izurieta, hombre de confianza de Villarruel.





El Congreso está a la espera de que el Gobierno nacional convoque a sesiones extraordinarias, algo que todavía no sucede, el Senado suspendió por dos días, sin goce de sueldo, a seis empleados que fueron encontrados mientras miraban una película en horario laboral.

Los empleados fueron encontrados el 9 de diciembre pasado, pasadas las 14, en la oficina de enmarcado del Departamento de Conservación, Restauración y Talleres, según consta en la resolución emitida por el director general de Recursos Humanos de la Cámara alta, Diego Izurieta, persona de confianza de la titular del Senado, Victoria Villarruel.

En el escrito dejó en claro que la citada dirección “tiene dentro de sus funciones múltiples tareas y responsabilidades que demandan un alto nivel de actividad y compromiso por parte de su dotación, por consiguiente, resulta inaceptable que en un contexto donde el volumen de trabajo amerita dedicación plena de la carga horaria asignada a su cumplimiento, los agentes dispongan de tiempo libre para actividades no relacionadas con sus funciones”.

Respecto a la sanción, explicaron que “las inconductas imputadas a dichos agentes constituyen una violación de las obligaciones establecidas por el artículo 43 de la ley 24.600, en cuanto prevé como obligaciones del personal legislativo el prestar servicios en forma regular y continua en las condiciones y con las modalidades que la autoridad competente determine; acatar las órdenes legítimas y legalmente impartidas de sus superiores jerárquicos; y mantener dentro y fuera del servicio una conducta decorosa y acorde con sus funciones, entre otras".

Por otra parte, la dirección general de Asuntos Jurídicos consideró "pertinente aplicar a los agentes involucrados dos (2) días de suspensión disciplinaria, sin necesidad de tramitar un sumario, de conformidad a lo previsto por el artículo 43 y concordantes de la ley 24.600″ y otras normas y resoluciones reglamentarias. Izurieta también mencionó el artículo 36 de la ley 24.600 en su resolución y se señaló que “las sanciones de apercibimiento o suspensión hasta un máximo de cinco (5) días no requerirán la instrucción de sumario”.

Otro motivo señalado por las autoridades del Senado es que “el ejercicio prudencial y oportuno de las facultades disciplinarias tiene por finalidad específica atender de manera responsable el buen orden, las necesidades de servicio y el cumplimiento diligente de las órdenes legalmente impartidas a los agentes, promoviendo una adecuada continuidad de la relación laboral ante la comisión de inconductas susceptibles de corrección”.