El Gobierno oficializó las pruebas para evaluar la idoneidad de los empleados públicos. Lo hizo a través de la Resolución 26/2024 publicada este jueves en el Boletín Oficial, dando a entender que se tratará de “un proceso transparente y anónimo”.
El documento habla de las modificaciones introducidas a la Ley Bases, entre las cuales se encuentra "la reorganización administrativa, facultando al Poder Ejecutivo a mejorar el funcionamiento del Estado para lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común, reduciendo el sobredimensionamiento de la estructura estatal a fin de disminuir el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas".
Según el Gobierno, “esta medida marca un avance en la profesionalización del empleo público y responde a la necesidad de construir un Estado más ágil y eficiente”. El nombre técnico de las pruebas es "Evaluación General de Conocimientos y Competencias", la cual, según indicaron, serán implementadas en diversas etapas, conforme los lineamientos y cronogramas que al efecto establezca la Autoridad de Aplicación. Serán informados a través de la web oficial de Gobierno.
La resolución exceptúa a las personas que cuentan con Certificado Único de Discapacidad hasta que la autoridad de aplicación adecúe las condiciones y materiales para garantizar la accesibilidad a la Evaluación en cuestión.
PUNTOS CLAVE DE LA PRUEBA PARA EMPLEADOS
- Será anónima, presencial y digital
- No estará permitido el uso de dispositivos electrónicos para rendir el examen, con excepción de calculadora
- La Evaluación tendrá una duración máxima de una hora y consistirá en preguntas de opción múltiple con una única respuesta correcta por pregunta.
- Para aprobar la Evaluación General de Conocimientos y Competencias, se deberá obtener una puntuación no inferior a SESENTA (60) puntos.
- Habrá pruebas para aspirantes con títulos terciarios y universitarios y también para no profesionales
- Una vez finalizada la Evaluación, el sistema informará automáticamente si la persona interesada ha “Aprobado” o “Desaprobado” el examen, conforme lo estipulado en el artículo 11 de la presente medida.
- Se emitirán certificados de aprobación y asistencia en caso de ser necesario
- Cada persona interesada podrá rendir hasta TRES (3) intentos por año calendario.