27.11.2024 / Judiciales

La Justicia ordenó a empresas de micros que otorguen pasajes gratuitos a discapacitados y que el Estado compense al sector

La decisión se conoció luego de que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) intimara a las empresas por incumplir con la ley vigente tras la desregulación propiciada por el presidente Javier Milei a través de un decreto. Los empresarios anticiparon que apelarán la medida.





La Justicia ordenó este miércoles a las empresas de micros de media y larga distancia a continuar con la entrega de pasajes gratuitos a personas con discapacidad y sus acompañantes, y le exigió al Estado a mantener las "compensaciones" al sector por brindar este servicio.

La decisión se conoció luego de que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) intimara a empresas del sector por no cumplir con la ley vigente tras la desregulación del transporte propiciada por el presidente Javier Milei a través del decreto 883/2024. Los empresarios anticiparon que apelarán la medida.

Según la reglamentación vigente, las personas con discapacidad son beneficiadas con un cupo de pasajes gratuitos que las empresas costeaban casi sin subsidio por parte del Estado. Pero desde que el Gobierno decidió desregular el transporte a mediados de octubre, las empresas consideraron que esta legislación entró en una zona gris, ya que el sector no es considerado un servicio público.

Al detectar irregularidades, la CNRT intimó a empresas y aplicó sanciones a empresas que estaban “en infracción respecto de la normativa vigente” ante la falta de entrega de pasajes para personas con discapacidad y el asunto se judicializó. El organismo presentó una cautelar a fines del mes pasado para que la Justicia le ordene a la Cámara Empresaria de Transporte Interurbano en Jurisdicción Nacional de Pasajeros (Celadi) que respeten la normativa vigente

Ahora, el Juzgado Federal número 11 falló a favor de la CNRT y resolvió que las empresas de ese grupo cumplan con "las leyes 22.431, 26.928 y 27.674 de modo inmediato" y que se continúe con "la obligatoriedad de reservar dos asientos debidamente señalizados y cercanos a la puerta de acceso para las personas con su movilidad reducida".

"Otorgar la medida cautelar solicitada por la CNRT y ordenar a las empresas integrantes de la Celadi que -de modo inmediato-procedan a dar cumplimiento con la obligación establecida en las leyes 22.431, 26.928 y 27.674 en la forma establecida en dichas normativa y sus decretos reglamentarios debiendo acreditar su cumplimiento -dentro del plazo de dos días- ante el Tribunal y por escrito", indica el texto del fallo.

La CNRT, organismo dependiente de la Secretaría de Transporte que conduce Franco Mogetta, emitió un comunicado en el que celebró la decisión de la Justicia, pero no mencionó que el Estado deberá seguir costeando estas compensaciones económicas a los empresarios. Es que en el fallo también se le ordenó al Estado a que continúe abonando "las compensaciones previstas por la tarea realizada por las empresas señaladas conforme está establecido en la Resolución 523/23 -hoy vigente- y las que la reemplacen en el futuro".