21.11.2024 / FERIADOS

Milei decretó los días no laborables y habrá sólo 3 fines de semana largos para “promover el turismo”

El gobierno nacional definió tres días no laborables para hacer fines de semanas largos. Qué pasa con el feriado del 8 de diciembre. Cuál es la diferencia entre un feriado y un día no laborable.




El gobierno de Javier Milei definió tres días no laborables en el cronograma de feriados 2025 y determinó que habrá tres fines de semana largos con fines turísticos. En el Decreto 1027/2024 del Boletín Oficial, definieron las fechas. Al ser definidos como días no laborables, la decisión de que efectivamente sean fines de semana largos será de los empleadores.

El decreto establece las siguientes fechas como días no laborables:

- Viernes 2 de mayo para hacer el fin de semana largo con el Día del Trabajador, que es el 1.
- Viernes 15 de agosto para hacer el fin de semana largo con el 17 de agosto, día de la muerte del General José de San Martín.
- Viernes 21 de noviembre para hacer el fin de semana largo con el Día de la Soberanía Nacional el 20 de noviembre.

En los considerandos del decreto, el gobierno de Javier Milei explicó que los motivos para definir los tres días no laborables son "promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes".  Además, sostienen que los "días están relacionados con coadyuvar a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuirlos en el tiempo".

DIFERENCIA ENTRE DÍA NO LABORABLE Y FERIADO

La Ley 20.744 de Contrato de Trabajo y la Ley 27.399 de “Establecimiento de feriados y fines de semanas largos” regulan estas fechas. En cuanto a los feriados nacionales, estos son los días en los que se aplican las normas de descanso dominical, lo que significa que si un empleado trabaja en un feriado, debe cobrar el doble de una jornada habitual. En contraste, los días no laborables son optativos para el empleador, quien decide si se trabaja o no, y si se trabaja, el salario es el habitual, sin incremento.

De esta manera, serán las empresas quienes tendrán la potestad de determinar si dan o no el día libre a sus empleados, por lo que los llamados "fines de semana largo" estarán atados a la decisión de cada empleador.

FERIADOS INAMOVIBLES

- Miércoles 1 de enero: Año Nuevo
- Lunes 3 y martes 4 de marzo: Carnaval
- Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
- Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
- Viernes 18 de abril: Viernes Santo
- Jueves 1 de mayo: Día del Trabajador
- Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
- Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
- Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia
- Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
- Jueves 5 de diciembre: Navidad

FERIADOS TRASLADABLES

- Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes
- Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
- Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
- Jueves 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional