08.07.2021 / Histórico

Blaquier a juicio por delitos de lesa humanidad: la Corte anuló la falta de mérito que lo beneficiaba

El dueño de Ledesema, de vínculos con el macrismo, tendrá que ir a juicio por delitos de lesa humanidad durante la dictadura, debido a que el máximo tribunal dejó sin efecto la resolución de la Casación de Hornos y Gemignani. Salió con las firmas de Rosatti, Maqueda y Highton, ya que Lorenzetti no votó y Rosenkrantz avaló al presunto cómplice del genocidio.




En lo que es una decisión histórica que a la vez exhibe las diferencias ideológicas y políticas al interior del máximo tribunal, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó hoy la “falta de mérito” por delitos de lesa humanidad con que la Cámara de Casación había beneficiado al propietario del ingenio Ledesma, el empresario cercano al macrismo Carlos Blaquier, y dictaminó que se dicte una nueva sentencia.

El golpe al empresario acusado de haber sido cómplice de la dictadura para el secuestro y la desaparición de 29 personas entre marzo y julio de 1976, durante la última dictadura cívico-militar, salió con las firmas de tres de sus miembros, la abstención de uno y la disidencia de un: Horacio Rosatti, Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco se pronunciaron contra Blaquier, Ricardo Lorenzetti no votó y Carlos Rosenkrantz, el titular del máximo tribunal que eligió Mauricio Macri, defendió la postura del empresario.

Así, después de seis años, la Corte Suprema reactivó la investigación por delitos de lesa humanidad contra Blaquier, dueño de la agroindustrial Ledesma SAAI y emblema de los casos de responsabilidad empresarial en crímenes cometidos durante la última dictadura. Sus vínculos con el macrismo son claros: incluso su sobrino, Luis María Blaquier, fue funcionario de ANSES durante la gestión de Cambiemos y fiscalizó para ese espacio en las elecciones 2019, incluso enojándose por la derrota y teminando preso por destruir una boleta, como reveló Política Argentina. 

Blaquier quedó ahora a la espera de ir a juicio oral por 29 casos de privaciones ilegales de la libertad, ocurridas entre marzo y julio de 1976. Los jueces supremos que firmaron el fallo criticaron fuerte a la Sala IV de la Cámara Federal de Casación, que, en marzo de 2015, revocó el procesamiento. Dijeron que no debió haber intervenido y que demoró el proceso indebidamente. 

El Gobierno, a través de la Secretaría de Derechos Humanos, es querellante en esta causa y el último año había reclamado esta decisión con dos pedidos de “pronto despacho”. En junio pasado, en una presentación para que la Corte dictara sentencia, la Secretaría de Derechos Humanos afirmó que “los juicios que comprenden la responsabilidad de civiles representan una de las mayores deudas del proceso de justicia en Argentina a partir de la resistencia del Poder Judicial de avanzar con las imputaciones”.

Rosatti, Maqueda y Highton sostuvieron que la Sala IV no debió haber habilitado su competencia para examinar los procesamientos, pues el Código Procesal Penal no contempla su intervención ante ese tipo de resoluciones. Ese fallo había sido firmado por los jueces Gustavo Hornos y Juan Carlos Gemignani - hoy cuestionados por sus vínculos con Macri y por manifestaciones misóginas, respectivamente -, y por Eduardo Riggi.

"Las reglas vulneradas en el caso, relacionadas con la habilitación de la competencia de la Cámara Federal de Casación, no consisten en meras sugerencias del legislador, sino en mandatos expresos que no deben ser relativizados ni dejados de lado toda vez que, en definitiva, procuran asegurar principios fundamentales inherentes a la mejor y más correcta administración de justicia”, argumentaron quienes firmaron la decisión.

La Corte le reclamó a la Casación, cuya sala ahora tiene otra composición, que dicte de inmediato un nuevo pronunciamiento, que se entiende que debería convalidar que Blaquier vaya a juicio oral. "Lo contrario implicaría posponer el análisis de un agravio –con incierta perspectiva, y en un expediente cuya celeridad resulta especialmente relevante por tener por objeto la dilucidación de delitos de lesa humanidad cometidos hace más de cuarenta años, y cuya investigación fue coartada por múltiples obstáculos legales", resaltaron.

El presidente de la Corte, Rosenkrantz, le dio la derecha a Casación y a Blaquier. "No se ha demostrado la configuración de una situación de gravedad institucional y la decisión apelada no genera, en modo alguno, una ruptura del compromiso con el juzgamiento de esta clase de delitos". Lorenzetti, por su parte, no firmó el fallo.

Blaquier está procesado por 29 casos de delitos de lesa humanidad cometidos en la provincia de Jujuy durante el primer año de la última dictadura. Denuncian que el ingenio Ledesma aportó las listas y la logística para que los secuestros pudieran producirse.