19.04.2021 / Judiciales

La Corte se declaró competente y definirá la discusión entre Alberto y Larreta por las clases presenciales

La CS avanzó para resolver la acción declarativa de certeza presentada por CABA en el marco del conflicto por la suspensión por dos semanas de la presencialidad escolar. Le corrió traslado a Nación para que conteste. Rosenkrantz, Maqueda, Rossatti y Lorenzetti produjeron mayoría, mientras Highton de Nolasco se expresó en disidencia.




Finalmente, la Corte Suprema aceptó tratar el amparo presentado por la gestión porteña de Horacio Rodríguez Larreta sobre el conflicto con la Nación por el DNU que suspendió las clases presenciales -luego habilitadas por la Justicia local- en la Ciudad de Buenos Aires.

El pedido había sido presentado el viernes pasado por Rodríguez Larreta, minutos antes de reunirse a "dialogar" con el presidente Alberto Fernández. El máximo tribunal aceptó su competencia original en el caso que tiene enfrentados a la Nación y a la Ciudad por la presencialidad en las escuelas.

El jefe de Estado se había expedido, a través de un DNU, con nuevas restricciones que incluyen el cierre de escuelas hasta el 30 de abril para mitigar el impacto de la suba de contagios coronavirus enmarcada en la segunda ola. Rodríguez Larreta anoche obtuvo un fallo de la Justicia porteña que habilitó su continuidad.

Así, la presencialidad en las escuelas porteñas continuaba dirimiéndose en la Justicia tras el fallo emitido anoche por una Cámara de la Ciudad que desconoció el DNU y dispuso que haya clases presenciales en el distrito en estos 15 días, decisión que hoy fue ejecutada por la gestión PRO pero que rechazan los docentes de la Ciudad, quienes realizan un paro de 24 horas.

El fallo que determina analizar y definir el conflicto a pedido de Larreta, según publicó Infobae, fue dictado con el voto de los ministros Carlos Rosenkrantz, Carlos Maqueda, Horacio Rossatti y Ricardo Lorenzetti. En cambio, Elena Highton de Nolasco se expresó en disidencia porque considera que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “no es un sujeto aforado a la jurisdicción originaria” del tribunal.

Sigue siendo una duda, principalmente, cómo votarán Lorenzetti, Rossatti y Maqueda cuando se discuta la cuestión de fondo, pero está claro que Rosenkrantz se pondrá del lado de Larreta y que Highton adoptará el mismo criterio que hoy y no votará.

El voto mayoritario decidió además dejar sin efecto el traslado -notificación- que había ordenado la semana pasada al procurador general del Tesoro, Carlos Zannini, para que interviniera en la cuestión en virtud del artículo 11 de la ley 25.344, que especifica excepciones en el trámite de amparos y procesos sumarísimos.

El gobierno nacional tendrá ahora cinco días para responder -a través de la Jefatura de Gabinete- los argumentos esbozados por la administración de Larreta. Luego, la Procuración General de la Nación tendrá la posibilidad de expedirse sobre el fondo de la cuestión. El viernes, en tiempo récord, se había manifestado a favor de que la Corte tomara el caso en un dictamen firmado por Laura Monti, una funcionaria de carrera en el Ministerio Público en el que sigue atornillado Eduardo Casal, el interino que dejó Mauricio Macri.

La competencia originaria y exclusiva de la Corte Suprema surge del artículo 117 de la Constitución Nacional, que establece que el tribunal entenderá en forma directa -no por apelación- “en todos los asuntos concernientes a embajadores, ministros y cónsules extranjeros, y en los que alguna provincia fuese parte”.

Highton de Nolasco y parte de la doctrina entienden que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no puede ser considerada jurídicamente con el mismo estatus que una provincia y por tal motivo no podría accionar en forma directa ante la Corte. Los restantes cuatro integrantes del tribunal tienen una mirada distinta de la cuestión y por eso decidieron intervenir en el conflicto.