16.10.2020 / Judiciales

Rechazaron la cautelar de Stornelli contra la Defensora del Público y calificaron de "prejuicios" a sus argumentos

La jueza del caso rechazó el pedido del fiscal federal para que se suspenda cualquier actividad relacionada con el Observatorio Nodio y por ahora no indagará a Miriam Lewin, titular de la Defensoría, y sólo le pidió documentación. "Los perjuicios invocados por el MPF son meramente hipotéticos y basados en una apresurada interpretación de la norma", argumentó.




La jueza federal María Eugenia Capuchetti le dio un duro revés a la operación de Carlos Stornelli para indagar a la titular de la Defensoría del Público con el fin de detener la construcción de un observatorio que analice las noticias falsas, que tanto molestan al macrismo: rechazó la cautelar del fiscal opositor, que pedía insólitamente indagar a Miriam Lewin, la funcionaria que impulsa Nodio, y tan sólo requirió documentación preliminar a través de un texto en el que destroza el escrito del ex empleado de Mauricio Macri en Boca Juniors

Tal como publicó Ámbito, Capuchetti rebotó el pedido del fiscal para que se suspenda cualquier actividad relacionada con el Observatorio, además, por ahora no indagará a Lewin.

La magistrada aseveró que en la presentación de Stornelli "no se verifica -más allá de las formulaciones genéricas e invocaciones a normas de distinta jerarquía- de qué modo concreto la creación del organismo afectaría el derecho a la libertad de expresión protegido por la Constitución Nacional", según consta en la resolución.

En relación al pedido de indagatoria formulado por Stornelli contra Lewin, Capuchetti tan solo solicitó a ese organismo toda la documentación y normativa para la creación y la puesta en funcionamiento con el objetivo de analizar si se desprende de allí la comisión de algún delito, algo que tampoco estaba demostrado en el dictamen de la fiscalía.

El Nodio, aún en etapa de formación, fue presentado por la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual como un observatorio dedicado a registrar, analizar y prevenir el caudal de informaciones y contenidos maliciosos y falsos en los medios de comunicación masivos.

La jueza señaló que la fiscalía de Stornelli ni siquiera intentó "demostrar la ilegitimidad o arbitrariedad manifiesta en la creación del citado observatorio".

"Más allá de la opinión que se pueda tener sobre la creación de un organismo como el cuestionado y de cuál o cuáles deberían ser la acciones positivas que los Estados deben realizar para combatir la desinformación en línea, lo cierto es que en el estado actual en que se encuentran las cosas advierto que los perjuicios invocados por el Ministerio Público Fiscal (MPF) son meramente hipotéticos y basados en una apresurada interpretación de la norma cuestionada que incluso omite individualizar", explicó Capuchetti.

En un fallo de 8 páginas, remarcó además que el lanzamiento de Nodio se dio en un contexto de "recomendaciones que realizan los organismos internacionales hacia los Estados", entre los que se encuentra el consejo de "evaluar la posibilidad de respaldar medidas positivas para abordar el problema de la desinformación en línea, como la promoción de instancias independientes para la verificación de información".

El desafío de abordar la problemática de la desinformación en línea que el Observatorio cuestionado tendría como objetivo "es evidente y bastante común en diversas partes del mundo, pero también lo es la preocupación de la ciudadanía respecto de la forma en que se lleva a cabo este tipo de tarea, pues, a través de ese tipo de iniciativas, es posible limitar de manera indebida la libertad de expresión, extender el control del Estado sobre los medios, restringir la libertad en Internet y ampliar la facultad de diversos actores de recopilar datos personales", agregó.

La causa se inició a partir de una denuncia formulada por los Diputados Nacionales de Juntos por el Cambio Waldo Wolff, Fernando Adolfo Iglesias, Graciela Ocaña, José Luis Patino, Julio Enrique Sahad, Adriana Ruarte, Héctor Stefani, Martín Grande, Omar De Marchi, Álvaro de Lamadrid y Jorge Ricardo Enríquez.