Según confirmó la Corte Suprema a Tiempo Argentino, se investigarán los presuntos delitos económicos del denominado "Megacanje", que involucra, entre otros funcionarios al actual presidente del Banco Central y ex secretario de Política Económica cuando se realizó la polémica operación, Federico Sturzenegger.
El Megacanje de bonos de la deuda pública de 2001 fue una operación financiera que consistió en un canje de 37 tipos de bonos cuyos vencimientos, por el momento del país, eran imposibles de cumplir por parte del Estado. La operación fue liderada por el entonces ministro de Economía, Domingo Cavallo, y significó para la Argentina un importante aumento de la deuda externa, mientras que los siete bancos que participaron de la operación se llevaron 150 millones de dólares en comisiones.
Así, con el nuevo fallo de la Corte, Sturzenegger vuelve a estar procesado como
"partícipe necesario del delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública". De este modo lo había resuelto el juez federal de primera instancia Sebastián Ramos a fines de 2013, quien además había ordenado un
"embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de 5 millones de pesos".
La decisión de Ramos había sido revocada por la Sala Segunda de la Cámara Federal el 5 de junio de 2014, que sobreseyó a Sturzenegger y a otros funcionarios imputados. Sin embargo, el fallo fue apelado por el fiscal general Germán Moldes.
"En la causa hay un frondoso caudal probatorio, que demuestra con solvencia que tras una decisión de política económica del Estado, hubo una maniobra de funcionarios públicos que en nombre del Estado, favorecieron a sus amistades", escribió el fiscal en su apelación.
El 29 de abril pasado, la Sala Tercera de la Cámara Federal de Casación Penal, anuló los sobreseimientos. Algunos de los imputados llevaron el caso hasta la Corte Suprema, pero el máximo tribunal, en una resolución firmada el 15 de diciembre por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, desestimó la apelación.
La Corte, además de pedir que
"se continúe, sin demoras, con la sustanciación del proceso", desestimó el pedido de los acusados y por lo tanto con esta decisión vuelve a estar vigente el primer fallo del juez Ramos.